Dominio público

Discriminación a familias monoparentales en el IMV

Luis M. Hernán

Jubilado, es matemático y activista en un colectivo barrial de intervención social contra la pobreza y la exclusión

María Pazos Morán

Investigadora sobre economía feminista. Su último libro publicado es 'Contra el Patriarcado. Economía Feminista para una Sociedad Justa y Sostenible'. Blog: www.mariapazos.com Twitter: @MariaPazosMoran

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, en rueda de prensa tras reunión del Consejo de Ministros. EFE/ Ballesteros
El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, en rueda de prensa tras reunión del Consejo de Ministros. EFE/ Ballesteros

Hace pocos días RMI TU DERECHO denunció en un comunicado un nuevo abuso en la gestión del Ingreso Mínimo Vital. Esta vez no se trata de un abuso derivado de que la propia "Ley IMV" (RDL 20/2020) es excluyente de grandes franjas de población empobrecida, lo que ha llevado a que a mediados de diciembre de 2020 se habían denegado tres solicitudes por cada una con resolución positiva. Se trata, para colmo, de una disposición que contradice descaradamente lo establecido por la Ley IMV, en su artículo 10.2. La Seguridad Social se salta la ley.

El asunto es el siguiente: la Seguridad Social ha actualizado la renta garantizada para 2021 de tal manera que a las familias monoparentales de cinco o más miembros no se les aplica el complemento de monoparentalidad que establece la popia Ley IMV; peor aún, se les asigna una renta garantizada inferior a la de cualquier familia no monoparental de igual número de miembros. En resumen: un castigo ilegal a esas familias.

Que existe esta discriminación se comprueba sin más que leer la información sobre cuantías 2021 que da la web de la Seguridad Social:

Para familias no monoparentales: "1033,85 euros para una unidad de convivencia formada por dos adultos y tres o más menores o tres adultos y dos o más menores o por cuatro adultos y un menor".
En el caso de las familias monoparentales: "996,26 euros para una unidad de convivencia monoparental formada por un adulto y tres o más menores".

Por tanto, a una familia de cinco o más miembros se le asigna, si es monoparental, 37,59 euros/mes (451,08/año) menos que si no es monoparental.

Esta discriminación es muy grave por afectar a una de las franjas de población más castigadas por la pobreza. En efecto, según el informe El estado de la pobreza 2008-2019 (EAPN, p. 30) la tasa de pobreza 2019 entre las familias tipo "1 adulto con 1 o más niños dependientes" fue 41,1%. A la vista de la debacle social que estamos padeciendo, esa tasa será hoy bastante superior.

Esta alarmante vulnerabilidad es consecuencia del abandono por parte de las políticas públicas, propio del sistema patriarcal. En nuestro país, sin un verdadero sistema de cuidados público, se cuenta con que en las familias habrá mujeres cuidadoras y hombres sustentadores, ignorando o incluso penalizando toda realidad que se salga de ese modelo. Así, no solamente no hay prestaciones, preferencias ni servicios públicos especiales para las familias monoparentales (en su inmensa mayoría monomarentales), sino que en el IRPF se las discrimina frente a los matrimonios que, obviamente, tienen mayor capacidad de pago al mismo nivel de renta (ver Contra el patriarcado).

No nos sorprenden estas discriminaciones. Ahora bien, nos llamó la atención la denuncia de que ésta vez la discriminación se había hecho saltándose desde el Ministerio de la Seguridad Social la propia ley reguladora del IMV. Nos propusimos comprobarlo. Lo hicimos y RMI TU DERECHO tenía razón. Compartir esa comprobación es el primer objetivo de este artículo; el segundo, buscar alguna explicación a lo ocurrido y extraer algunas conclusiones de ello.

Renta garantizada para familias monoparentales de cinco o más miembros

El importe de la renta garantizada por el IMV se establece en el artículo 10.2 del RDL 20/2020:

A los efectos sen?alados en el apartado anterior, se considera renta garantizada:
a) En el caso de una persona beneficiaria individual, la cuanti?a mensual de renta garantizada ascendera? al 100% del importe anual de la pensión no contributiva fijado anualmente en la ley de presupuestos generales del estado, dividido por doce.

b) En el caso de una unidad de convivencia la cuanti?a mensual de la letra a) se incrementara? en un 30% por cada miembro adicional a partir del segundo hasta un ma?ximo del 220% por ciento.
c) A la cuanti?a mensual establecida en la letra b) se sumara? un complemento de monoparentalidad equivalente a un 22% de la cuanti?a establecida en la letra a) en el supuesto de que la unidad de convivencia sea monoparental.

Apliquemos a 2021 y a una familia monoparental de cinco miembros ese procedimiento. Paso a paso, desde a) hasta c) y respetando su orden de ejecución, que importa y mucho.

a) PNC 2021 = 5639,20 euros; por tanto la cuantía básica (digamos B) = 5639,20/12 = 469,93.
b) En una familia de cinco personas, hay cuatro adicionales a la titular. Como por cada una se incrementará la cuantía básica en un 30% de ella, a B hay que añadirle un 120% de B. Por tanto, la renta garantizada mensual ya alcanza en esta fase un 220% de B, esto es, 1033,85 euros. Esto vale para cualquier familia de cinco o más miembros, sea o no sea monoparental, ya que al haberse alcanzado el 220% esa cuantía no crece a partir del sexto miembro.
c) Añadiendo a esos 1033,85 euros, por tratarse de una familia monoparental, un 22% de la cuantía base, llegamos a que la renta garantizada mensual en 2021 de una familia monoparental con cinco o más miembros debe ser 1137,23 euros (242% de la cuantía base).

Sin embargo, la Seguridad Social ha asignado a las familias monoparentales de cinco o más miembros una renta garantizada de 996,26 euros/mes; no solamente 141 euros/mes menos de lo que les correspondería sino también 37,59 euros/mes menos que a las familias no monoparentales del mismo tamaño. En 2021 el ministerio de Escrivá, si no rectifica, va a "robar" 141 euros al mes, casi 1700 en todo el año, a las familias monoparentales de cinco o más miembros beneficiarias del IMV.

¿Por qué?

Le hemos dado mil vueltas al RDL 20/2020 buscando en él cobertura legal a esta discriminación. No la encontramos. Sabíamos que en 2020 se había perpetrado la misma discriminación, siendo la actual una actualización mecánica de aquella, pero que en 2020, siendo injusto, fue legal, ya que el RDL 20/2020 incluyó un apartado 10.5, en realidad disposición transitoria, que establecía que la renta garantizada en el año 2020, sólo en el año 2020, se regiría por un Anexo I. Curiosamente, el resultado de dicho Anexo era una reducción solo para las familias monoparentales de cinco o más miembros.

Ahora bien, en todo el RDL 20/2020 no hay una sola disposición que justifique no aplicar rigurosamente en 2021 el artículo 10.2 para determinar la cuantía de la renta garantizada para todas las familias. Saltarse esa norma es actuar contra la ley.

¿Se ha hecho conscientemente? Entonces sería prevaricación. ¿Se ha hecho por error? Podría ser, aunque llama la atención que nadie se haya molestado durante tanto tiempo en revisar cálculos tan relevantes en la vida de muchas familias. Y más aún cuando esta discriminación ya fue denunciada en septiembre de 2020 por RMI TU DERECHO en otro comunicado. Además, miembros de esa plataforma se reunieron hace algunas semanas con un equipo asesor del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y hace algunos meses lo hicieron con otro equipo del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, señalando en ambos casos esta discriminación, también comunicada al Ministerio de Igualdad, sin obtener una explicación.

No queremos pensar que esto se deba a mala voluntad. De hecho, parece más un error inicial de cálculo que pasó desapercibido a quienes loaron la ley sin comprobar lo que decía y a veces sin leerla. Sin embargo, de lo que no cabe duda es que estamos ante una irresponsabilidad muy grave, porque les avisaron hace muchos meses de lo que ocurría. Porque no han dado la más mínima explicación de tal arbitrariedad. Y porque en 2021 han reincidido pese a todo ello, y en este caso sin base legal sobre la que hacerlo, que en 2020 sí tenían aunque era muy torticera.

No es admisible que el ministro Escrivá se vanaglorie de la gestión hecha y pida paciencia, cuando a mitad de diciembre de 2020 sólo se habían aprobado 159 mil IMV y se habían denegado 466 mil. Los tiempos del hambre y la vulnerabilidad habitacional, más cuando hay muchos menores por medio, no tienen nada que ver con los tiempos de la pereza y la rutina de los gobernantes.

Tras tantas autoalabanzas por el IMV, y tras pugnas retóricas para atribuirse el mérito tal o cual parte del Gobierno, nadie en el Gobierno parece entender que la esperanza se ha convertido en frustración, que la normativa vigente es excluyente de muchas personas y familias empobrecidas y que, para colmo, se ataca a las familias monoparentales numerosas violando la propia regulación vigente del IMV. El gobierno no parece ser consciente de lo que esto está significando en los barrios populares, de la decepción y de la indignación social; del dolor humano que el fracaso del IMV está creando y de los riesgos que ello implica.

Es urgente que el Gobierno corrija la renta garantizada en 2021 a las familias monoparentales de cinco o más miembros. Y que, dado que la Ley IMV está en tramitación en el Congreso de diputad@s, se aproveche la oportunidad para una reforma importante de la regulación del IMV para garantizar que llega a quienes la necesitan, eliminando los muchos obstáculos que encuentran en el laberinto burocrático que es el RDL 20/2020.

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