Otras miradas

Y se cumplió la amenaza...

Francisca Granados

Directora de Igualdad y Asesora Jurídica del Centro de la Mujer del Ayuntamiento de Maracena

Cuando el 9 de junio de 2016 Juana Rivas se dirigió al Centro de la Mujer del Ayuntamiento de Maracena para solicitar asistencia y asesoramiento jurídico debido a la situación de malos tratos que venía padeciendo, me comunicó que su hasta entonces pareja y padre de sus hijos, le había amenazado en muchas ocasiones con que, si lo abandonaba, le quitaría a los niños y arruinaría su vida; que tenía medios económicos para conseguirlo.

Esa amenaza consta, entre otras, en la denuncia que Juana interpone en el Cuartel de la Guardia Civil de Maracena, el 12 de Julio de 2016. Lo que tal vez ni el propio Francesco Arcuri podía imaginar es que en uno de los países con la legislación más avanzada del mundo en materia de protección frente a la violencia de género se iba a encontrar con tantas facilidades para hacer cumplir su amenaza. Ya el 30 de enero de 2017, cuando en el Congreso de los Diputados y Diputadas nos reunimos una delegación del Ayuntamiento de Maracena (el Alcalde a la cabeza) con distintos grupos parlamentarios para plantear la situación de Juana Rivas y de sus hijos, un representante del partido entonces en el Gobierno, ante la problemática que le trasladamos, transmitió que dicha preocupación era compartida por el Ministerio de Justicia; en concreto nos manifestó que dicho en Ministerio era conscientes de la existencia de un importante problema: la falta de aplicación, por la mayoría de los Juzgados, de las reformas introducidas en nuestro Ordenamiento Jurídico en el año 2015. En particular, en lo que refiere a la protección de los menores como víctimas de la violencia de género.

Y esa ha sido, desde mi responsabilidad como Directora de Igualdad del referido Ayuntamiento y Asesora Jurídica de su Centro de la Mujer, una de las cuestiones fundamentales de denuncia en este último año. Porque, más allá de los posibles errores procesales que pudiera haber cometido su anterior defensa, más allá del mayor o menor acierto de las y los profesionales que estamos prestando apoyo a Juana Rivas, las responsables últimas de la situación jurídico-procesal en la que ésta se encuentra son (pese a que esto no le guste escucharlo a muchos y muchas) las resoluciones judiciales habidas en este caso. Resoluciones dictadas desde el desconocimiento, consciente o inconsciente, de nuestro actual marco normativo en materia de violencia de género y de las garantías que él mismo establece para salvaguardar el tan mentado y poco aplicado "interés superior de los menores".

¿Cómo se puede explicar que la denuncia presentada por Juana Rivas el 12 de julio de 2016, tardase más de un año en ser enviada a Italia, cuando el art. 17 del Estatuto de la Víctima del Delito dice que se remitirá inmediatamente a las autoridades competentes del Estado en cuyo territorio se hubieran cometido los hechos? Tristemente, el que a fecha de hoy el sistema judicial italiano no la esté tramitando (es decir, no esté haciendo nada por investigar los graves hechos que se denuncian) no hace si no corroborar la ineficacia de ese sistema en proteger a las víctimas de violencia de género, situación ya condenada por la Unión Europea en 2017. ¿Cómo, si no, se puede explicar que la evaluación del hijo mayor de Juana Rivas fuese hecha (en tiempo récord) por una psicóloga del Equipo Psicosocial del Juzgado de Familia y no, como exige el art. 2.5 de la Ley de Protección Jurídica del Menor, por un grupo técnico y multidisciplinar
especializado en los ámbitos adecuados, en este caso en violencia de género, es decir, por la UVIVG (Unidad de Valoración Integral de Violencia de Género).

¿Cómo es posible que la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia que condena a Juana Rivas a la devolución de sus hijos a Italia (con su padre) no tenga problema en reconocer que Juana es víctima de violencia en el ámbito familiar ("...sin desconocer que en los progenitores han existido algunos episodios de violencia doméstica no consta que los episodios protagonizados por el padre les afectasen directamente a los menores...") y, sin embargo, a sus hijos no los reconozca como tales? Recordemos que partir de las reformas introducidas en el año 2015, nuestro ordenamiento jurídico establece una presunción iuris et de iure, de que los hijos e hijas que viven y crecen en un entorno familiar donde está presente la violencia de género son también víctimas de dicha violencia y por tanto han de ser protegidos como tales.

¿Cómo es posible que el Juzgado de lo Penal N.º 1 de Granada (cuya sentencia se firma el mismo día del Juicio oral) fuera tan reticente a incorporar el "tema de la violencia de género" (causa que explica y justifica las actuaciones de Juana Rivas) en dicho juicio y, sin embargo, haga afirmaciones tan rotundas en la sentencia sobre la inexistencia de dicha violencia?

Escuchar al letrado de Francesco Arcuri vanagloriarse en el acto del juicio del día 18 de julio de una "ilegalidad", como es que después de más de dos años de presentar Juana Rivas la denuncia por malos tratos no hay ningún procedimiento abierto contra su cliente (realidad que contraviene, entre otros, los arts. 5 y 49 del Convenio de Estambul), es algo, cuanto menos, indignante. Más lo es aún que un servidor público, obligado a aplicar el derecho vigente, como es el Juez del caso, lo utilice como un arma arrojadiza contra la víctima.

En efecto, el Juez le resta toda credibilidad a la realidad de maltrato denunciada por Juana Rivas, argumentando para ello, entre otras cosas, que no consta que se haya tramitado la denuncia y ningún Juzgado ha declarado la veracidad de los hechos relatados en la misma.
¿Cómo es posible que la propia inoperancia del sistema judicial, que el incumplimiento flagrante del deber de diligencia por parte de los poderes públicos sea utilizado en contra de la propia víctima?

Esta sentencia es, en definitiva, un suma y sigue, elevado al máximo exponente, de la violencia institucional que vienen padeciendo Juana Rivas y sus hijos. Pero no sólo va contra las víctimas, sino contra todo su entorno de apoyo (sirva como ejemplo la falta de credibilidad y el tratamiento "poco respetuoso" que da a los servicios públicos especializados en esta materia, como es el caso de los Centros de la Mujer).

De poco servirán las conquistas legales en la lucha contra la violencia de género, si los que tienen
que aplicarlas no lo hacen. Y ese es el grave problema, insisto, del "Caso Juana Rivas".

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