Una vez aprobada la Constitución de 1978 que rompía con cuatro largas décadas de negación del constitucionalismo y de las libertades, el nuevo texto (tras la última de 1931) daba a la libertad de conciencia, en lo teórico, un tratamiento más que digno, dentro de los límites de un nuevo Estado producto de una "Transición" pactada que imponía la corona y dejaba impune a un vetusto nacionalcatolicismo totalitario. Algunos estamentos de la dictadura quedaban impolutos, al igual que quedaban sin condena las atrocidades de las cuatro décadas de dictadura. Hechos que, hoy, pesan fuertemente en el devenir de nuestra historia, a pesar de los muy tímidos gestos que se han venido haciendo en estos últimos años. Otra cosa es reflexionar si, en ese momento, cabían otras soluciones.
En lo formal, el nuevo texto constitucional, y en lo que respecta al título primero "de los derechos y libertades fundamentales", se equiparaba a constituciones al uso en estados de larga trayectoria democrática. Sobre todo, los artículos 9.2, 10.2, 14 y el 16, también y -en parte- el 27 posibilitaban caminar en la senda del derecho a la plena libertad de conciencia de cada persona sin distinción y obligaba a los poderes públicos no sólo a desarrollarla y aplicarla de forma positiva, sino a cumplirla, además de garantizar que "ninguna confesión tendrá carácter estatal" (es decir, institucional). Sin embargo, en el conjunto constitucional había algunas premisas que utilizadas torticeramente por los poderes legislativo y ejecutivo podrían retorcer este derecho y, en vez de caminar hacia un Estado verdaderamente laico, mantener una especie de (multi) confesionalidad de Estado en lo simbólico-político, económico, patrimonial, en la educación, y consolidar otros privilegios para la corporación católica y, poco a poco, para otras entidades religiosas. En lo que casi todo el arco político ha venido en denominar como "laicidad positiva", esencialmente ideólogos del PSOE, que han gobernado España desde 1982 hasta 2023, dos tercios del tiempo, además de muchas CCAA y Ayuntamientos.
Así fue, semanas después de ser ratificada por la ciudadanía española el texto constitucional, el gobierno español y -posteriormente- el poder legislativo concedían al Vaticano (Santa Sede) y a la Conferencia Episcopal española unos Acuerdos concordatarios (1979), en la línea confesional del concordato isabelino de 1851 y del franquista de 1953 (y su modificación de 1976) con privilegios en materia económica y fiscal, enseñanza y cultura, jurídica y militar. Años más tarde (en 1992) se firmarían unos Acuerdos de cooperación con las iglesias evangélicas, judía e islámica, alargándose los privilegios fiscales recientemente (en 2023) a entidades de las iglesias cristiana ortodoxa, mormones, testigos de Jehová y budistas. En 1980 se aprobó una Ley de Libertad Religiosa. Con gobernanza del PSOE (octubre de 2004) se creó la fundación pública Pluralismo y Convivencia con la finalidad de incentivar el acomodo religioso y mantener, además de aumentar, los privilegios de estas entidades frente a otro tipo de asociaciones no religiosas.
El círculo no se cerraba ahí, en materia educativa, desde la LODE (1985) y la LOGSE (1990) más las diversas reformas, hasta la LOMLOE (2020), han tenido (y cada vez más) una fuerte carga confesional, no sólo por mantener la religión como asignatura dentro del horario lectivo, sino por la financiación y promoción, por parte del Estado, de un alto porcentaje de centros de ideario religioso (mayoría católicos)... que se consolidó con la delegación de las competencias en enseñanza a todas las CCAA antes y desde el año 2000.
En materia de patrimonio, de cesión de suelo público para construcción de centros religiosos, en asistencia a "saraos religiosos" por parte de responsables políticos de las instituciones, el estado está siendo cada vez más prolífero e impertinente. Ya no digamos el gran escándalo de las in-matriculaciones por parte de la Iglesia Católica, que da para otro artículo, del que han corrido "ríos de tinta", pero que sigue ahí sin resolverse. Ni hay visos de que se vaya a resolver, por decisión política muy amplia.
La asociación Europa Laica constituida en 2001, además de ofrecer múltiples propuestas para avanzar en la construcción de un Estado laico, en 2009 (¡hace ya 14 años!) propuso a la sociedad española, a los partidos políticos y al poder legislativo una Proposición de Ley Orgánica de Libertad de Conciencia que garantizara la separación del Estado de las religiones y, con ello, la laicidad de las instituciones públicas. Para ello, se solicitaba la derogación de los Acuerdos concordatarios con la Santa Sede de 1979 y los acuerdos con otras religiones de 1992, además de la derogación de la Ley de Libertad Religiosa de 1980, reformas en la Ley de Patrimonio, eliminación de la financiación del culto y el clero, entre otras cuestiones. Se regulaban los derechos y deberes individuales, colectivos y de las administraciones públicas, incluida la enseñanza. Se modificaría el código penal y se deslizaba, en su caso, una posible reforma constitucional.
En sucesivas etapas y hasta hoy, la propuesta (adaptada a cada circunstancia) sigue en pie, pero los partidos políticos a un lado y otro del tablero ideológico han hecho "oídos sordos", salvo que en 2006 y 2010 IU y otros grupos minoritarios presentaron unas muy tímidas iniciativas sobre libertad de conciencia y religiosa, que fueron tumbadas en sede parlamentaria, y que, en febrero de 2018 (con gobernanza del PP), en la Comisión de Educación, por presión de la Campaña unitaria y ciudadana "...Religión fuera de la Escuela", se aprobó una moción "para derogar el concordato de 1979 y garantizar el carácter laico de la Enseñanza, sacando la religión de la escuela". Moción que ha caído "en saco roto" durante la actual gobernanza PSOE-UP y sus aliados parlamentarios, por cierto, los mismos que la aprobaron, claro... cuando estaban en la oposición.
La libertad de pensamiento y de conciencia, la conciencia libre de cada persona es uno de los principios básicos del laicismo y de toda democracia. Cada persona ha de ser y sentirse libre para practicar una religión o mantener una opinión o actitud religiosa disidente o sustentar una convicción de indiferencia o agnóstica o pronunciarse como atea o cualquier actitud ideológica. Ha de ser libre para cambiar de opción cuando y como lo desee, sin traba alguna. Las personas tienen derecho a practicar o no y a declarar o no sus convicciones. Todos estos derechos que garantizan la libre conciencia en ningún caso pueden generar una estigmatización, social, jurídica o política. El Estado está en la obligación de defenderlo y fomentarlo. Además, todo Estado que se considere democrático (sus instituciones y representantes) deben evitar y eliminar cualquier tipo de privilegio político, simbólico, económico y fiscal, además de societario, con respecto a las corporaciones religiosas. Que es todo lo contrario de lo que se está haciendo.
En la política de la España de hoy, estamos muy lejos de todo ello. La industria de la caridad está mayoritariamente en manos de corporaciones religiosas, a las que se financia desde los ayuntamientos hasta el Estado central; la sanidad y los servicios sociales (ya privatizados enormemente) están -en una gran parte- en manos religiosas; la enseñanza, antes citada, su confesionalidad es un escándalo, desde las etapas tempranas hasta la Universidad y la formación profesional; se mantienen, (a estas alturas) capellanes (como funcionarios públicos) en hospitales, ejército y cárceles; el Estado financia, a través de la Agencia Tributaria, los salarios y la seguridad social de curas y obispos, además de la publicidad, el proselitismo religioso y sus medios y canales de comunicación; se mantienen y aumentan los enormes privilegios fiscales; se concede la gestión religiosa de un enorme patrimonio histórico artístico; políticas y políticos de todo color y a todos los niveles de las instituciones del Estado, asisten, no a título particular, sino en función de su responsabilidad institucional, a todo tipo de actos religiosos; las televisiones públicas hacen proselitismo y retransmiten eventos de carácter religioso; la "blasfemia" sigue considerándose delito y, todavía, una cruz de 152 metros situada en el monolito de Cuelgamuros exalta el nacionalcatolicismo fascista, para humillación de las y los represaliados y asesinados por el franquismo.
La libertad de conciencia, en lo tocante a los privilegios religiosos, está en crisis en España, siempre lo estuvo desde 1979, pero ahora se va incrementando... y -curiosamente- tras 5 años de gobierno (supuestamente) progresista estos privilegios no sólo se han consolidado, sino que han aumentado, como ya ocurrió entre 1982 y 1996 y entre 2004 y 2011, con otras gobernanzas progresistas.
Porque de la derecha política, liberal y católica que ha gobernado España, además de CCAA y Ayuntamientos no podemos esperar nada, va en su ADN. Y al centro izquierda liberal que (en algunas ocasiones) se le "llena la boca" de laicidad, evidentemente positiva, y de los acomodos razonables, más allá de pequeños gestos, por ahora, no van a "mover un dedo"
Y ello a pesar y como paradoja de que, afortunadamente, es muy posible que tengamos la sociedad más secularizada de Europa. La participación en rituales religiosos desciende constantemente, aumentan las ceremonias civiles, y el alumnado que solicita dar religión va en un constante y claro descenso.
Con los actuales "mimbres políticos" de casi todo color, gane quien gane las elecciones, generales, autonómicas y municipales de este año 2023, la libertad de conciencia será un bien privado, de cada individuo. Pero en cuanto a la convivencia colectiva e institucional, se vulnerará este derecho en el ámbito de la enseñanza, de una parte de los servicios sociales, del ejército, de los hospitales y las cárceles, en la gestión del patrimonio histórico artístico, en la fiscalidad, en lo económico y en lo simbólico institucional.
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