En el Senado se ha ratificado la derogación, 11 años más tarde, de una decisión que ha condicionado el ejercicio del derecho fundamental del voto a centenares de miles de catalanes en el exterior: el voto rogado. La existencia de prácticas fraudulentas en la gestión del voto en el exterior justificó que se introdujera la necesidad de rogar el voto para poder emitirlo, en un contexto de una verdadera "carrera de obstáculos" que en el fondo generó una espectacular desmovilización.
Si en el escenario anterior contábamos con índices de participación alrededor del 30%, con el voto rogado los valores fueron descendiendo hasta un penoso 4%, o lo que es lo mismo, la certificación de la práctica ausencia de la voz de los catalanes en el exterior. La labor desarrollada por la FIEC o el colectivo "Quiero Votar" en el ámbito catalán -o "Marea Granate" en el español- ha sido decisiva para evidenciar el error y el retroceso que, ahora, se corrige.
Justo es decir que además del hecho de tener que rogar el derecho de voto, ya de por sí dificultoso burocráticamente, los topes a la participación efectiva de los catalanes y catalanas en el exterior ha sido también la débil disposición de embajadas y consulados, unos plazos excesivamente breves y, entre otros, los problemas con la recepción y envío de la documentación electoral.
Un cambio -la introducción del voto rogado- que, en su momento, se gestó de la mano de PSOE, PP, PNV y CiU... y que ahora se ha gestado entre el antiguo bipartidismo: PSOE y PP, admitiendo únicamente pequeñas mejoras en la reforma sin entrar a profundizar en la modernización del voto de los expatriados. Así las cosas, y con el precedente del demoledor informe de la Junta Electoral Central de noviembre de 2016, se ha procedido a incluir un conjunto de mejoras, a pesar de que con algunas carencias. Así ya no habrá que "rogar" para ejercer el voto, sino que se vuelve al escenario previo al 2011, de forma que la inscripción en el Censo de Electores Residentes Ausentes (CERA) será suficiente y se mejora su actualización y depuración. Por otro lado, se introduce la descarga de los boletines para votar por Internet, una de las grandes reivindicaciones de los colectivos de expatriados, dado que las habituales impugnaciones combinadas con los breves plazos hacían casi imposible recibirlas por correo postal con el suficiente tiempo para votar. También se amplían, precisamente, los plazos para la emisión del voto en los consulados, así como el escrutinio general, y se hace más exhaustivo el control del procedimiento, habilitando muchos más puntos de votación en urna en el exterior.
¿Es ello suficiente para estar satisfechos? Sí y no. Por supuesto que recuperar el normal ejercicio de un derecho fundamental es siempre, y en todo lugar, motivo de satisfacción, ¡faltaría más! Pero por responsabilidad también tenemos que poner sobre la mesa que se ha perdido una excelente oportunidad para, entre otras mejoras, introducir el uso del voto electrónico y de la delegación del voto como canales complementarios y voluntarios de emisión del voto; garantizar la trazabilidad de los votos emitidos o mejorar las condiciones de los residentes temporales (los ciudadanos inscritos en el ERTA) que, desgraciadamente, no ven modificada su situación.
Desde Esquerra Republicana seguiremos atentas no sólo al desarrollo de las novedades aprobadas en esta reforma, sino que también nos mantendremos firmes en la voluntad de mejorar todo el procedimiento, para así garantizar que los ciudadanos y ciudadanas en el exterior dispongan de las mejores condiciones para que su voz sea escuchada puesto que, en el fondo, es nuestra voz.
Comentarios
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