Sobre el derecho al aborto en España ya no hay debate, se aprobó su completa despenalización en 2010 y hoy es una ley de plazos la que regula su práctica. Y digo que no hay debate porque no se entendería un retroceso de tal calibre en una sociedad como la nuestra que aspira al reconocimiento pleno de la igualdad entre mujeres y hombres.
La ley de 2010, Ley 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, fue una ley aprobada con un amplio consenso parlamentario y sobre todo con un amplio apoyo social. Esta norma se convertía en referencia internacional en materia de derechos sexuales y reproductivos, por dos razones: la primera, porque regulaba un título sobre salud sexual y reproductiva muy amplio; y la segunda, porque ponía a disposición de todas las mujeres mayores de 16 años la interrupción voluntaria del embarazo, una prestación sanitaria fundamental que otorgaba a las mujeres mayor libertad para decidir sobre su maternidad.
El Gobierno ha presentado una ley para mejorar la prestación del aborto, que se dirige fundamentalmente a impulsar su práctica en la sanidad pública. Durante décadas y hasta la actualidad, la interrupción voluntaria del embarazo la han practicado fundamentalmente las clínicas acreditadas para hacerlo, en gran medida a través del concierto y la financiación pública de la prestación. Detrás y delante de la mayoría de estas clínicas están profesionales muy comprometidas con los derechos de las mujeres que han sufrido el estigma de ser quienes en nuestro país han hecho posible la materialización de un derecho de las mujeres.
Es importante que tanto el sistema universitario como la sanidad pública se preparen para dar esta prestación en condiciones de equidad y promoviendo siempre que las mujeres tengan toda la información necesaria para decidir qué método quieren elegir a la hora de someterse a la interrupción de su embarazo. Y esto último es muy importante, porque en la actualidad existen dos métodos, la técnica instrumental y la farmacológica y debemos preparar bien al sistema público para que ambas técnicas se ofrezcan con las mismas garantías y en las mejores condiciones.
La técnica instrumental requiere de una especialización que médicos y médicas deben conocer y para ello los itinerarios formativos de estos sanitarios tienen que contemplar esta competencia. Pero además, es importante que sigan siendo estos profesionales sanitarios, como hasta ahora, los que lleven a cabo esta práctica indistintamente del tipo de método que las mujeres elijan, para favorecer que las mujeres accedan en igualdad a ambos métodos.
La nueva ley del aborto es una oportunidad para dar todas las herramientas a la sanidad pública de ofrecer un aborto seguro, libre y gratuito. En un momento político complejo a nivel internacional en relación a los derechos sexuales y reproductivos, con un retroceso claro en el ámbito judicial en un país tan simbólico en esta materia como EEUU, es importante seguir dando pasos en firme para el reconocimiento y acceso a nuestros derechos. La ley propuesta por el Gobierno de España que modifica a la ley de 2010 y que se encuentra en trámite parlamentario es una gran ocasión para avanzar, porque entre muchas medidas impulsa la plena incorporación de los derechos sexuales y reproductivos en el sistema de salud pública; porque recupera el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo de todas, también el de las chicas de 16 y 17 años; y porque, como no puede ser de otra manera, considera los vientres de alquiler como una forma de violencia contra las mujeres.
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