Otras miradas

Preguntas sobre la reforma de la ley del 'solo sí es sí'

Ana Bernal Triviño

Preguntas sobre la reforma de la ley del 'solo sí es sí'
La secretaria de Igualdad en la Comisión Ejecutiva Federal del PSOE, Andrea Fernández, durante una rueda de prensa después de registrar telemáticamente una proposición de ley para la reforma de la Ley de Libertad Sexual, conocida como la ‘ley del solo sí es sí’, en el Congreso de los Diputados, a 6 de febrero de 2023, en Madrid (España).- EUROPA PRESS

Creo que se están olvidando muchas cosas, contexto o datos. Retrocedamos: sentencia de La Manada, páginas 74, 75 y  76. Datos del equipo médico forense sobre la "pasividad", "sumisión" y "bloqueo psicológico" de la víctima. Dice:

- "La ausencia de consentimiento es compatible con la inexistencia de lesiones, de modo que un porcentaje que algunos autores sitúan en el 40, otros en el 30, otros en el 50 de víctimas atendidas por agresiones sexuales no presenta ningún tipo de lesión".

- Sobre el "eritema vulvar" del primer informe médico se recoge que no es "en sí mismo un hallazgo que indique violencia", sino que es indicativo de "una penetración por vía vaginal en la que hubo un rozamiento".

- "La reacción de la víctima (...) Frente a una situación en la que la persona siente que su vida corre peligro, se obvia la actuación de pensamiento racional y (...) caben diversas reacciones: una reactiva de lucha, defensa, petición de ayuda. Otra de pasividad , ya sea con rigidez o con relajación".


Con todo esto, vamos al artículo del 178.2 de la ley de libertad sexual

"Se consideran en todo caso agresión sexual los actos de contenido sexual que se realicen empleando violencia, intimidación o abuso de una situación de superioridad o de vulnerabilidad de la víctima, así como los que se ejecuten sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuya situación mental se abusare y los que se realicen cuando la víctima tenga anulada por cualquier causa su voluntad".

Si queremos contexto, si vamos al INE; al registro de penas de prisión por delitos sexuales, según duración de la pena y tipo de delito, con la ley anterior, tenemos:

- Total Delitos: 3.259, de los cuales... Agresiones sexuales 492, Agresión sexual 446 Violación 46 Abusos sexuales 1.071

- Y sobre las penas: 2.051 (entre 0 y 2 años), 561 (de 2 a 5 años),  647 (más de cinco años) 

Tenemos ayer una declaración de la ministra de Justicia, Pilar Llop, en Cadena Ser, donde dice:

"si se demuestra que hay violencia o intimidación... que es muy sencillo probarlo porque con una herida ya se puede probar que ha habido violencia, eso ya no hace falta que la víctima pruebe que ha habido consentimiento".

Y tenemos la declaración de Francisco Javier Álvarez García, asesor del PSOE para reformar la ley, que sobre el consentimiento, pregunta:

"¿Y sí estamos con la pareja que está dormida? ¿La tenemos que despertar?"

Pero, ¿qué narices está pasando? ¿Qué preguntas estamos volviendo a escuchar? ¿Cómo va esto de alcanzar un acuerdo con cruces de declaraciones como sables durante días? ¿Cómo va esto de decir que se castiga igual una agresión que un robo cuando la ley sale de todo un Congreso de Ministros en conjunto? ¿Pero aquí hablan entre ellos? ¿Cuánto debe ser de profunda una herida para ser violencia? ¿Dónde quedan las heridas que no se ven? ¿Y el daño psicológico que durante años afrontan las víctimas? ¿O la intimidación ambiental? ¿No hay forma técnica de modificar de las penas para dejar a todo el mundo callado y con criterios muy claros y con lugar a mínimas interpretaciones, sin tener que volver a hablar de cómo probar la violencia o dónde está el consentimiento? ¿Pensamos en cómo dar más penas a ellos pero pensamos en ellas? ¿Sabemos que las víctimas quieren justicia pero también reparación? ¿Podemos recordar que no hay inversión de la carga de la prueba con esta ley? 

Las víctimas quieren penas, claro, pero las víctimas también quieren ser creídas. Todo lo que ha hecho que muchas no hayan acudido a la justicia por temor a no serlo durante décadas. ¿Cuántas de las sentencias de abuso sexual (las 1071 de 2021) quizás no pudieron demostrar una herida suficiente como para ser considerada agresión, su pena fue menor y nadie contabilizó esos fallos? Porque la víctima de La Manada lo que hizo fue dar una lección a una justicia que se veía, así misma, impecable. Son ellas, las víctimas las que dicen en los informes qué se encuentran cuando están allí. Paremos esto ya. Hay que asumir errores, de todo el sistema, y arreglarlo. Que las leyes si no se hacen comprendiendo los procesos psicológicos de las víctimas es complicado que compensen el daño en su medida.

No se puede llegar a las elecciones con titulares de goteos de revisión de sentencias a la baja. Se entiende, pero estos días, me temo que veremos todo un espectáculo en el Congreso de los Diputados. 

Si yo tengo ya la cabeza que me estalla con cruces de declaraciones contradictorias no solo de políticos sino de incluso penalistas, no quiero imaginar cómo estarán las víctimas. Si yo ya estoy en este estado no sé cuánta inseguridad jurídica se está transmitiendo ya a estas alturas a esas víctimas. Al final, si hablamos de heridas, es esta ley la que ha ocasionado una profunda herida en un cambio esperado, en un sistema que quizás, en todo su conjunto, no está a la altura. Esto ya es una profunda herida que no se va a arreglar. 

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