Otras miradas

Meritocracia e igualdad

Antonio Antón

Sociólogo y politólogo

Antonio Antón

Meritocracia e igualdad
Varios alumnos antes de comenzar uno de los exámenes de las pruebas de acceso a la Universidad en Sevilla, a 14 de junio del 2022 en Sevilla Eduardo Briones / Europa Press

El criterio meritocrático como fundamento de la justicia tiene una larga tradición desde Aristóteles, aunque ya alude al criterio de necesidad. En los últimos siglos se ha ido combinando con otros dos tipos de justicia: la igualdad de trato o jurídica, basada en los derechos humanos, y la solidaridad como contrato social colectivo ante las necesidades sociales. Ambos son fundamento de la modernidad liberal o el estado de derecho, así como de la constitución de los Estados de bienestar, con su modelo protector y distributivo basado en la justicia social, tal como he explicado en el libro Cambios en el Estado de bienestar.

Hace varios meses se publicó una interesante y amplia investigación, Derribando el dique de la meritocracia, de Future Policy Lab, que ha dado lugar a una viva discusión y que se ha incrementado con el actual debate en Espacio Público, en el que participo con una contribución: La equidad meritocrática. El Informe es una contundente y argumentada crítica contra la meritocracia. Parto del cuestionamiento de la meritocracia como factor (principal) de ascensor social, tal como promete la ideología neoliberal. Aquí, comento algunas de sus características y señalo varios aspectos teóricos sobre la interrelación entre los distintos tipos de justicia y la concepción de la igualdad. Veamos algunos de sus fundamentos en conversación con el filósofo Michel J. Sandel, en su libro La tiranía del mérito.

La combinación de los tres tipos de justicia

Se pueden sintetizar los tres tipos de justicia: solidaridad o igualdad sustantiva; igualdad jurídica o derechos humanos, y méritos o equidad. Históricamente, aparecen dos tipos o ámbitos distintos de la justicia como igualdad, anticipados en la cita inicial de Aristóteles: 1) la solidaridad respecto a las ‘necesidades’ individuales o grupales, con el objetivo de la igualdad real; 2) la proporcionalidad 'equitativa' de las recompensas (incentivos y reconocimientos) en relación con las ‘contribuciones’ o los ‘méritos’. Le añadiremos un tercero, central en la modernidad: 3) los derechos básicos como ser humano o la igualdad jurídica fundamental de todos los individuos, base de la ciudadanía social.

El primer tipo de justicia, la correspondencia de los bienes con la necesidad se puede contemplar como fundamento de las relaciones familiares o de amistad, del pacto intergeneracional de los adultos respecto de los niños y ancianos, así como de la reciprocidad en las relaciones de pareja; de manera más institucional, es la base normativa de una parte de la acción protectora de los modernos Estados de bienestar, de la solidaridad de los activos hacia los pasivos, de la aportación en situación de actividad para la cobertura de necesidades durante la inactividad (por edad, enfermedad, discapacidad, pobreza, desempleo...).


Está amparado en el reconocimiento de la ciudadanía social en el contexto del pacto keynesiano o el contrato social de reciprocidad intergeneracional y de grupos sociales para hacer frente de forma mancomunada a los riesgos sociales (enfermedad, paro y vejez). Y se da por supuesto la contribución masiva en el empleo y los impuestos y las obligaciones cívicas.

En particular, se aplica, sobre todo, para el sistema de salud y muchos servicios sociales: la pertenencia a determinada sociedad permite el derecho a recibir la atención y las prestaciones imprescindibles que se ‘necesitan’, independientemente del nivel contributivo o meritocrático concreto, para asegurar la salud.

En un sentido más general, se fundamenta en el valor de la solidaridad (la 'fraternidad' de la ilustración francesa), también interrelacionado con la igualdad y la libertad. Más allá de las grandes transformaciones en el ámbito familiar y en las bases de la solidaridad 'orgánica', y lejos del optimismo del predominio de los lazos de cooperación entre los individuos y grupos sociales, este criterio de justicia como respuesta a la necesidad individual o social todavía existe en muchas relaciones interpersonales. Igualmente, fundamenta una parte de las responsabilidades y garantías institucionales de protección social de los Estados de bienestar, particularmente centroeuropeos y del norte socialdemócrata.

El segundo tipo, basado en la distribución proporcional al mérito, representa el sistema habitual de remuneración en el empleo: salario igual ante trabajo igual, pero proporcional a la cantidad o calidad –productividad- del trabajo, aspecto central en la remuneración empresarial y en la justificación liberal y marxista. Así, el derecho obrero a disfrutar del producto de su trabajo era valorado por Marx como derecho burgués y conllevaba una pugna por la distribución más equitativa respecto de las ganancias del capital.

Pero, también, esta forma distributiva es la base del sistema (contributivo) de pensiones, con una prestación mensual proporcional al nivel contributivo previo, aunque indefinida en cuanto cubre todo el tiempo del riesgo de la vejez hasta la muerte y financiada como sistema de reparto entre personas activas y pasivas. Igualmente, son contributivas otras prestaciones, como las de protección al desempleo.

Este sistema está completado, ante la ausencia de ese derecho y la existencia de necesidad, con otra parte de subsidios o rentas básicas no contributivos, como el Ingreso Mínimo Vital (IMV) cuya justificación se basa en el tercer tipo de justicia.

Por otro lado, la meritocracia, la recompensa proporcional a la aportación realizada o méritos demostrados, es también fundamental en el sistema educativo, como reconocimiento equitativo de las credenciales que corresponden a un nivel de esfuerzos, habilidades, competencias o capacidades alcanzado. Aunque la educación es un derecho universal (y un deber, en la etapa obligatoria), su acceso se basa en la igualdad de oportunidades y se asocia al siguiente tipo de justicia.

Existe un tercer tipo de justicia, la igualdad distributiva asociada a los derechos humanos: la igualdad de trato, sin discriminación, y la existencia de unos derechos básicos, individuales y colectivos. Ambos aspectos son dependientes de la dignidad del ser humano y como reconocimiento del vínculo social. Superados los criterios premodernos de linaje o de casta, se ha ido implantando progresivamente –con el precedente del derecho romano- la igualdad jurídica o ante la ley, los derechos civiles y políticos. Se empezó por los 'propietarios' y los varones o cabezas de familia, originarios de un país determinado, y se amplió a los llamados derechos humanos universales y a la moderna ciudadanía social.
Por tanto, no deriva del nivel de aportación del individuo a la sociedad. Consiste en asegurar unas condiciones mínimas de supervivencia, participación cívica y productiva e integración social y cultural. No hay exigencia de contraprestación proporcional o de mérito individual. No obstante, se dan por supuesto las relaciones de reciprocidad general dentro de un contrato social (o nacional) y los equilibrios globales entre derechos y deberes u obligaciones. Tiene sus fundamentos en la igualdad ante la ley de todos los individuos, igualdad jurídica, y en el derecho a unos bienes básicos, como ser humano y/o partícipe de una sociedad. Son fuente de la libertad y la autonomía individual, en el contexto de los vínculos cooperativos en la sociedad.

Reforzar la igualdad

Siguiendo los estudios sobre desigualdad de Branko Milanovic, uno de los expertos mundiales más prestigiosos, el lugar de nacimiento explica más del 60% de la variabilidad en las rentas globales. Los niveles de renta de los distintos países son tremendamente diferentes y constituyen el principal factor para explicar la desigualdad global. Su ciudadanía y el nivel de renta de sus padres explican por sí solos más del 80% de los ingresos de una persona. El restante 20% se debe, por tanto, a otros factores sobre los que el individuo no tiene control (género, raza, edad, suerte) y a factores que sí puede controlar (esfuerzo o trabajo duro).

Esta explicación de la renta personal deja bien claro que la porción debida al esfuerzo personal es muy pequeña respecto a la posición en la renta global, aunque tiene mayor impacto respecto a la posición dentro del propio país.
Así que los esfuerzos individuales, la buena actuación económica del propio país y la emigración son las tres maneras en que las personas pueden mejorar su posición en la renta global. Esta mención demuestra el poco peso que tienen en la distribución a escala global los derechos básicos así como los incentivos directos derivados de la meritocracia o los trabajos personales. No es de extrañar la amplia percepción, incluso en EEUU y Europa, de una grave situación de injusticia, condicionada en su expresión, entre otras cosas, por la profunda fragmentación social, la gran diversidad cultural y de los procesos de legitimación política, los distintos itinerarios por países y las dificultades de la solidaridad a nivel mundial o en ámbitos regionales, como el europeo.

La posición liberal puede justificar una desigualdad creciente y muy amplia, en la que las ganancias adicionales recaigan desproporcionadamente sobre los ricos y grupos privilegiados, siempre que se produzca alguna ganancia, aunque sea muy modesta, en la renta de los pobres o grupos subordinados, así como en los sectores intermedios. Es el proceso convencional de legitimación del capitalismo que se basa en que todas las personas mejoren sus condiciones vitales desconsiderando el incremento de las distancias entre los diversos grupos sociales y, por tanto, no valorando el aumento de la desigualdad de condiciones, oportunidades y poder... aunque haya una mejoría relativa respecto de la situación anterior y de las generaciones pasadas.

La cuestión es que ese ascensor social en el que los grupos de arriba subían tres escalones, los de en medio dos y los de abajo uno, mejorando todos respecto de su situación anterior pero empeorando los de abajo en sus desventajas comparativas, con una posición ambivalente de los de en medio, se ha truncado con la crisis socioeconómica y su persistencia con altibajos estos quince años. Y ante la frustración y la indignación popular que produce ese empeoramiento vital y sus expectativas descendentes la ideología neoliberal vuelve a poner el acento en el mito de la meritocracia individual, en la salida del esfuerzo y emprendimiento personal que también lleva, mayoritariamente, a un callejón sin salida.

Sólo cabe la acción transformadora igualitaria, con el fortalecimiento de la justicia social. Sin desconsiderar la auténtica equidad meritocrática, hay que reforzar la igualdad sustantiva y de trato y la distribución y protección pública según las necesidades sociales.

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