Dominio público

Indefensión en la evaluación de la ciencia en España

Antonio J. Romero Ramírez

Profesor Titular de Psicología Social. Universidad de Granada

Antonio J. Romero Ramírez
Profesor Titular de Psicología Social. Universidad de Granada

La Universidad, la antaño denominada cuna del saber, es una institución dotada de un amplio y complejo engranaje material, humano y organizativo para crear y transmitir el conocimiento al conjunto de la sociedad. En un mundo globalizado como el que nos está tocando vivir, el saber ha de traspasar las fronteras nacionales y se ha de tender a su universalización o difusión en la comunidad internacional. El Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, constituye en España el primer hito en los procesos de orientación, regulación y evaluación de la actividad investigadora del profesorado universitario y de los miembros del Centro Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), creándose para ello una agencia nacional de evaluación, la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI). Los investigadores han podido someter a evaluación desde entonces su producción científica, publicada en revistas u otros medios de difusión, y generada durante al menos seis años atrás. Es lo que empieza a conocerse como el sexenio de investigación, que, si es aprobado, supondrá un complemento de productividad en el salario del investigador a modo de incentivo o refuerzo del esfuerzo realizado.

La CNEAI formalizará el proceso de evaluación distribuyendo las numerosas y distintas disciplinas, presuntamente afines, en una serie de campos, y asignando teóricamente la labor de evaluación a expertos de reconocido prestigio, quienes habrán de actuar a modo de gurús, tratando de profetizar si la obra investigadora sometida a evaluación contribuirá efectivamente o no al progreso del conocimiento científico, dada su presunta calidad, su carácter innovador, y su grado de creatividad, difusión e impacto. Evaluar significa valorar o calcular el valor de algo. Y, en el caso que nos ocupa, se trata de un terreno sumamente pantanoso, donde interviene, inexorablemente, la subjetividad de quien evalúa o valora. Al repercutir directamente sobre la economía y/o la trayectoria profesional del investigador, la decisión adoptada por el comité de expertos, y en su caso refrendada por la CNEAI, constituye un mero acto administrativo, que para ser admisible en Derecho se ha de evitar incurrir en la arbitrariedad, se ha de facilitar su fiscalización, y ha de evitarse, finalmente, la indefensión del administrado.

La legitimidad y credibilidad de un órgano administrativo como la CNEAI van a derivar, por tanto, de cómo afronte esta las dificultades que entraña el proceso de evaluación, de la transparencia de sus criterios, de la aplicación efectiva de los mismos, de la imparcialidad de su actuación, y de su observancia de las normas más elementales de un Estado de Derecho, ya que ello va a repercutir, directamente, en el grado de motivación, sacrifico y esfuerzo asumido por decenas de miles de investigadores de este país, y, en definitiva, sobre el nivel de la ciencia y la imagen exterior de España.

A lo largo de estos 24 años de  existencia, la CNEAI nunca habría actuado, sin embargo, de manera transparente e inequívoca. Es así cómo, hasta al menos el año 2004, sus informes de evaluación carecían de motivación, generando en consecuencia la total indefensión del administrado. Se dejaba un espacio en blanco, y en este se escribía a mano la puntuación asignada, sin más explicaciones... Además, los criterios que decían barajar a la hora de evaluar eran algo tan ambiguo e inconsistente como la originalidad, creatividad e innovación de la obra evaluada. Y era habitual que los miembros de los comités de expertos no fuesen verdaderos especialistas de la temática evaluada, o no formasen parte del área de conocimiento en la que se  insertaba la actividad investigadora realizada; no existiendo, de este modo, certeza de la actuación administrativa, y conculcando otro de los principios más elementales de un Estado de Derecho.

Como es de sobra conocido, las nuevas tecnologías de la información y la comunicación están propiciando por doquier la creación de bases de datos. Desde hace más de un lustro, la CNEAI ha incorporado estos instrumentos al proceso de evaluación, y los ha magnificado in extremis, hasta tal punto que determinadas bases de datos, fundamentalmente anglosajonas, constituyen una especie de sanctasanctórum. En este sentido, tras optar por el sistema anglosajón de índices bibliométricos, la CNEAI asume, por ejemplo, que, en los campos de las ciencias naturales y sociales, publicar en una revista indizada en la base de datos norteamericana ISI, del Institute for Scientific Information, es garantía suficiente de la calidad de los contenidos publicados. No obstante, también es de sobra conocido que las bases de datos del ISI adolecen de graves sesgos temáticos, geográficos, lingüísticos e, incluso, culturales. Es así cómo se promociona el conocimiento proveniente de la ciencia básica, pero, no de las ciencias aplicadas y tecnológicas, o de las ciencias sociales y humanas; siendo de su interés las temáticas básicas y de alcance internacional, en detrimento de lo que interesa en el ámbito local, regional e, incluso,  nacional. En definitiva, las editoriales de las bases de datos del ISI actúan en coherencia con la propia tradición anglosajona, recopilando y difundiendo sólo aquella manera de entender el saber y el conocimiento más acorde con los intereses del poder: la concepción positivista de la ciencia.

Como diría Mario Benedetti en su famoso poema El sur también existe, con el sistema anglosajón de índices bibliométricos, el Norte manda y ordena, y a la ciencia española no le cabe más que el mero vasallaje. Los autores y editoriales de las bases de datos españolas e hispanas en general han entrado así en disputa y en la carrera para ser incluidas en la reconocida y exclusiva base de datos norteamericana, plegándose enteramente no sólo a sus criterios editoriales, sino también a la concepción positivista de la ciencia. Y en esta carrera por la supervivencia todo vale. En este sentido, es vox populi que un gran número de editoriales españolas han tenido que abonar importantes cantidades de dinero para que sus revistas sean incluidas en las bases de datos del ISI. La ciencia española y quienes tratan de difundirla estarían siendo así víctimas directas de este nuevo negocio e industria de las bases de datos, pero, los investigadores lo estarían sufriendo aún más, ya que el reconocimiento pertinente de su producción científica no va a derivar, exclusivamente, de criterios de calidad objetivos e imparciales, sino que se está viendo adulterado y tamizado por la lógica del mercado. Del mismo modo, publicar en determinadas revistas españolas ISI está suponiendo a los autores un importante desembolso económico.

Neocolonialismo cultural, vasallaje de la ciencia española a la anglosajona, y un sistema de evaluación corrompido, sólo puede dar como resultado un tétrico y desolador panorama de la ciencia española. Ante la habitual arbitrariedad de la CNEAI, y la consiguiente indefensión, decenas de miles de investigadores españoles están renunciando dolorosamente a la investigación. Este sería el caso de una gran parte  del profesorado de Ciencias de la Educación de las universidades españolas, que  ha acabado por adoptar la decisión de no seguir sometiendo su producción científica a la evaluación de la CNEAI. Como cualquier otro órgano administrativo, las decisiones y actuaciones de la CNEAI deben estar sometidas al control judicial. Más del 80 por ciento de las demandas interpuestas por los investigadores afectados por las decisiones de la CNEAI han sido resueltas a favor de los mismos por parte de los tribunales superiores de justicia de las comunidades autónomas. Sin embargo, los jueces, aduciendo que no son expertos en evaluar, a lo máximo que llegan es a ordenar la retroacción del proceso, es decir, suelen condenar a la CNEAI a que evalúe de nuevo, pero, esta volverá a ratificar su evaluación negativa, y el demandante habrá perdido por el camino más de 3000 euros..., que es lo que suele costar un contencioso administrativo de estas características. La CNEAI se ha erigido así en una especie de islote absolutista, absolutamente carente de control democrático, provocando, impunemente, mucho dolor, frustración e indefensión a amplios colectivos de la comunidad universitaria e investigadora española.

El Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo está contribuyendo aún más si cabe a agravar in extremis esta situación. El sexenio de investigación reconocido ha dejado de ser un mero complemento de productividad, para convertirse en la llave del ser o no ser dentro de la universidad. Disponer de un sexenio vivo implicará asumir 24 créditos de carga docente, o la sobrecarga de 8 créditos más en el caso de que no lo esté, será, asimismo, la clave para poder acceder a otros niveles más elevados de la enseñanza tales como los másteres y el doctorado, y, en definitiva, implicará la jerarquización del profesorado universitario español en primera, segunda y tercera categoría.

La productividad y el ánimo para seguir investigando de un amplísimo número de investigadores y profesores universitarios españoles podrían derivar de la implementación de un sistema de evaluación verdaderamente basado en hechos objetivos, tales como las citas por otros autores de la obra sometida a evaluación, y no en meras presunciones. Habría que fomentar la publicación en medios editoriales españoles e hispanos, y acabar con sus dependencias del negocio de las bases de datos anglosajonas. Y sería imperioso, por último, someter a la CNEAI a un auténtico control democrático.

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