Otras miradas

Día Internacional del Derecho a la Verdad, el caso del Sáhara Occidental

Pepe Taboada y Josu Oskoz

Activistas por los derechos humanos y el derecho a la autodeterminación del pueblo saharaui

Día Internacional del Derecho a la Verdad, el caso del Sáhara Occidental
Foto de archivo. Varias personas protestan en una manifestación en Madrid para exigir el derecho de autodeterminación del pueblo saharaui - EP

El 21 de diciembre de 2010, la Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó el 24 de marzo como Día Internacional del Derecho a la Verdad en relación con violaciones graves de los derechos humanos. La elección de esta fecha no fue casual, se estableció como homenaje a la memoria de monseñor Óscar Romero, asesinado el 24 de marzo de 1980, tras denunciar activamente las violaciones de los derechos humanos cometidas en El Salvador. Con este día se pretende, por tanto, no solo promover la memoria de las víctimas de violaciones graves y sistemáticas de los derechos humanos, sino también rendir homenaje a quienes, como monseñor Romero, dedican su vida a la luchar por promover y proteger los derechos humanos.

La Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, aprobada por la Asamblea General en diciembre de 2006 y que entró en vigor el 23 de diciembre de 2010, fue el primer tratado de derechos humanos en recoger de manera explícita el derecho a la verdad. Algunos Estados han incorporado el derecho a la verdad en su legislación nacional. El Estado español, por ejemplo, a través de la reciente Ley 20/2022, de Memoria Democrática: "A efectos de esta ley, se reconoce el derecho de las víctimas, sus familiares y la sociedad en general, a la verificación de los hechos y la revelación pública y completa de los motivos y circunstancias en que se cometieron las violaciones del Derecho Internacional Humanitario o de violaciones graves y manifiestas de las normas internacionales de los derechos humanos ocurridas con ocasión de la guerra y de la dictadura y, en caso de fallecimiento o desaparición, acerca de la suerte que corrió la víctima y al esclarecimiento de su paradero".

El deber de los Estados de investigar las presuntas violaciones de derechos humanos y el derecho de las víctimas a conocer la verdad sobre esas violaciones también han sido reconocidos por varios mecanismos de protección de los derechos humanos y tribunales regionales e internacionales, como el Comité de Derechos Humanos, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. De esta forma, los Estados tienen la obligación positiva de investigar de forma efectiva, determinar los patrones de actuación y encontrar a quienes participaron en las violaciones de los derechos humanos. Conforme al Comité de Derechos Humanos y al propio Tribunal Europeo de Derechos Humanos, estas investigaciones deben iniciarse de oficio, es decir, no deben depender de la iniciativa procesal de las víctimas o de sus familiares, ni de que aporten pruebas, y deben ser "rápidas, exhaustivas, efectivas, creíbles y transparentes".

Como es sabido, la prolongada ocupación militar y la anexión por la fuerza de gran parte del Territorio No Autónomo del Sáhara Occidental han sido históricamente, y siguen siendo en la actualidad, el marco en el que se producen violaciones sistemáticas y graves de los derechos humanos de la población saharaui. Además, la dictadura alauí bloquea desde hace décadas la organización, bajo los auspicios de Naciones Unidas, del referéndum de autodeterminación para el que se creó la Minurso, la Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum del Sáhara Occidental. En este contexto de vulneración sistemática de los derechos humanos, la reanudación del conflicto armado entre el Frente Polisario y Marruecos está dando lugar a nuevos crímenes de guerra por parte de este último, que utiliza drones para atacar a civiles al este del muro de la vergüenza que divide el territorio y a las familias saharauis.

La situación desgraciadamente no es nueva, aunque sí oculta. Marruecos prosigue la explotación ilegal de los recursos naturales del Sáhara Occidental. Las y los defensores de los derechos humanos, periodistas y activistas políticos saharauis, así como sus familias, siguen siendo objeto de acoso, amenazas, detenciones arbitrarias, malos tratos, tortura, etc. Los presos políticos saharauis, víctimas de juicios ilegales, siguen padeciendo crueles políticas de aislamiento prolongado, acoso, actos de violencia psicológica y física, falta de atención médica o restricciones al contacto con sus representantes legales. No podemos tampoco olvidar la larga lista de hombres y mujeres saharauis desaparecidas y cuyo paradero aún se desconoce, permaneciendo como herida abierta en el corazón de sus familias, que reclaman "verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición". De acuerdo con los datos de la Asociación de Familiares de Presos y Desaparecidos Saharauis (Afapredesa), existen al menos 445 casos de personas saharauis desaparecidas: 419 hombres y 26 mujeres.

El derecho a la verdad, más allá de una dimensión individual enfocada en la víctima particular, tiene una dimensión colectiva o pública relacionada con la sociedad en su conjunto. ¿Dónde queda el derecho a la verdad para el pueblo saharaui? ¿Tenemos las y los ciudadanos del Estado español el derecho a conocer la verdad completa sobre las violaciones a los derechos humanos de quienes fueron ciudadanos con DNI español que pertenecían a la provincia número 53 durante parte del lapso temporal en el que se aplica la ley de Memoria Democrática? ¿Por qué dicha ley, en un ejercicio de memoria selectiva, olvida por completo al pueblo saharaui y al Sáhara Occidental? Una comisión de investigación que abordara la responsabilidad histórica del Estado español con el pueblo saharaui sería un primer paso, incompleto pero imprescindible, para dar respuesta a estas y otras preguntas.

El caso específico de Sidi Mohamed Basiri, líder saharaui secuestrado el 18 de junio de 1970, o el caso de los ocho desaparecidos, ejecutados en 1976 y hallados en fosas comunes, por citar dos ejemplos, deberían ser amparados por la ley de Memoria Democrática. La obligación de investigar las presuntas violaciones de derechos humanos, y nuestro derecho a conocer la verdad sobre esas violaciones, no pueden ser eludidas en función de argumentos políticos, estructurales, legales o de connivencia política con el ocupante.

La comunidad internacional, y en particular el Estado español, potencia administradora del Sáhara Occidental, miran para otro lado. Mientras tanto, en los territorios ocupados del Sáhara, personas defensoras de los derechos humanos como Elghalia Djimi, Aminetu Haidar, Sultana Jaya y otros muchos hombres y mujeres comprometidas y valientes siguen perseguidas, arriesgando sus vidas por defender los derechos humanos. Son un maravilloso ejemplo de entrega y de vida que también merecen hacer efectivo su derecho a la verdad, individual y colectiva. Nunca caminarán solas.

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